Junto con el resto de asociaciones que conforman actualmente La Mesa Profesional del Audiovisual, hemos hecho posible un cambio legislativo importante a través de la Ley de Presupuesto Generales del Estado para 2021, que va a modificar la Ley del Impuesto de Sociedades en varios aspectos que contribuirán también a facilitar las coproducciones internacionales:
1. El sistema actual de Agrupaciones de Interés Económico (AIEs) usado para materializar los incentivos en producciones nacionales es altamente complejo y oneroso para las iniciativas independientes de modo que muchas no encuentran inversores y los que lo logran reciben en la práctica una cantidad muy inferior al incentivo dotado por el Estado. La comunidad foral de Navarra cuenta ya con un sistema de un sistema de contrato de financiación, que simplifica la relación de los productores culturales con los posibles inversores, permitiendo a estos ser beneficiarios directos de las deducciones fiscales. Se logra así, aumentar la financiación disponible para los proyectos nacionales y reducir el coste de los incentivos para las arcas públicas.
2. El ICAA, como organismo encargado de planificar las políticas de apoyo al sector cinematográfico y a la producción audiovisual, comprueba el cumplimiento de los requisitos establecidos por el solicitante del incentivo fiscal por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales y emite los certificados correspondientes. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en el resto de países, estos certificados, hasta ahora, no eran vinculantes para el resto de la administración ahuyentando a los inversores o/y provocando que éstos exijan rentabilidades muy altas para compensar el riesgo provocado por la incertidumbre.
Con el cambio legislativo se podrá conocer si la producción que se planea llevar a cabo merecerá o no la calificación requerida para aplicar los incentivos fiscales otorgando un escenario de mayor certidumbre tanto para la empresa que ha de decidir sobre la inversión, como para el resto de los agentes económicos que actúan en el tráfico jurídico mercantil y muy especialmente para la propia Administración Tributaria.
3. La búsqueda de inversores es un proceso arduo y prolongado más aún dado que la limitación en la aplicación de las deducciones al 25% reduce ostensiblemente la cantidad que un inversor está dispuesto a destinar a producciones audiovisuales y supone que sea necesaria la distribución del crédito fiscal entre un mayor número de inversores. A partir de ahora, se eleva ese límite al 50% lo que facilitará el proceso de búsqueda de financiación sin mermar los ingresos del Estado al distribuirse el crédito fiscal entre un número inferior de contribuyentes.
4. Para terminar de dotar de plena seguridad al nuevo sistema y ser sensibles a la realidad del mercado, donde unos pocos grandes operadores multinacionales (Netflix, Amazon, Disney, Apple, Warner, etc.) adquieren producciones audiovisuales para múltiples países o a veces a nivel mundial, se clarifica el requisito de mantenimiento para evitar interpretaciones diferentes por motivos económicos en cada caso, con la consiguiente inseguridad jurídica.
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